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Despido Procedente y Paro: Tus Derechos y Cómo Cobrarlo


  • Publicado: 26 Nov 2019

Cuando se finaliza una relación laboral, sea por despido o por cualquier otro motivo, una de las principales opciones que se abren ante el trabajador es solicitar el subsidio de desempleo ante la oficina de empleo correspondiente.

En este artículo te explicamos qué es y en qué casos tienes derecho a solicitar el paro, dónde te tienes que dirigir y los trámites que tendrás que realizar para que tu solicitud sea aceptada. Para ello, no menos importante, es que sepas qué es el despido procedente, sus diferencias con la baja voluntaria, la capacidad de reclamar y los derechos que genera cada situación.

Qué es un despido procedente

El despido procedente se podría definir como, aquel que se produce en base a alguno de los motivos permitidos por la ley, y siempre que se pueda demostrar por el empresario. Eso sí, aunque se considere ajustado a la ley, no deja de generar una serie los derechos para el trabajador.

MAS INFO: Diferencias entre el despido procedente, improcedente y nulo

Consulta este artículo para conocer las principales Diferencias entre el Despido Procedente, Improcedente y Nulo.

Los motivos de despido que la ley permite alegar para declarar un despido procedente son el despido disciplinario, o bien de un despido por causas objetivas.

¿Qué es un despido disciplinario?

La extinción de la relación laboral en los despidos disciplinarios (calificados como procedentes) se da porque el trabajador incurre en alguna de las causas justificadas por el Estatuto de los Trabajadores para el despido disciplinario. La idea subyacente es que el trabajador ha incumplido de forma grave sus obligaciones con la empresa. Estos incumplimientos se encuentran detallados en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores y en muchos convenios colectivos de trabajo.

La principal consecuencia del despido disciplinario es que no da derecho a indemnización alguna. No es así con el derecho a solicitar la prestación por desempleo por lo que el trabajador se podrá beneficiar de la misma, independientemente de las causas alegadas por la empresa.

¿Qué es un despido por causas objetivas?

El despido objetivo se podría definir como aquel que se genera por causas relacionadas con problemas que afectan al funcionamiento de la empresa. En todos los casos, recae en el empresario el demostrar que se cumplen las causas que permite la ley, ya sean económicas, técnicas, organizativas, de producción o el cierre de la empresa. El ERE o ERO (Expediente de Regulación de Empleo) entraría en estos casos.

En el caso del despido por causas objetivas, el trabajador tiene derecho a una indemnización 20 días por año trabajado. Aunque esta indemnización sea menor que en los despidos improcedentes, el trabajador conserva los demás derechos derivados del despido, como es el derecho a recibir la prestación por desempleo.

CONSEJO: Acude a un profesional

Si no estás de acuerdo con las razones alegadas por la empresa mara motivar el despido, es muy recomendable acudir a un Graduado Social u Abogado con experiencia en derecho laboral para que reclame en tu nombre. Des de aquí, nos ponemos a tu disposición para evalúa los pormenores de tu caso y ver la viabilidad de una posible reclamación judicial.

Consulta aquí nuestro servicio de reclamación de despidos gratuitamente y sin compromiso

Diferencia entre baja voluntaria y despido procedente

La principal diferencia entre la baja voluntaria y el despido procedente es de iniciativa. Las bajas voluntarias son a petición del trabajador, mientras que el despido procedente es una medida que toma la empresa. Entender este aspecto es fundamental, porque es el que genera o quita derechos en función de cada caso.

Cuando las bajas son voluntarias, el trabajador pierde su derecho a percibir cualquier tipo de indemnización. Se entiende que es el empleado el que decide dar por finalizada su relación laboral cuando tenía un contrato de trabajo en vigor. Ten en cuenta este aspecto porque al irte de un trabajo porque tú mismo hayas querido también pierdes tu derecho a cobrar el paro.

El despido procedente, en cambio, puede generar derecho a recibir una cuantía si es por causas objetivas y además tienes derecho a cobrar el paro o desempleo. La legislación regula, a través del Estatuto de los Trabajadores, la cuantía de la misma, así que tendrás una cierta garantía cuando se dé este caso.

¿Tengo derecho a paro en un despido procedente?

La prestación por desempleo no se pierde en ningún tipo de despido promovido por la empresa. Este derecho existe siempre que concurran las otras circunstancias necesarias. Por lo tanto, sí hay derecho a paro en caso de un despido procedente. Como te hemos explicado anteriormente, únicamente perderías tu derecho a paro si eres tú quien decide dejar la empresa.

¿Tengo derecho a paro tras una baja voluntaria?

No, porque en este caso no estamos a hablando de cobrar el paro después de un despido procedente. Es el caso de que un trabajador decide dejar su puesto sin que la empresa haya tomado la iniciativa de prescindir de sus servicios. Como no hay despido, no hay derecho a cobrar el paro porque se entiende que el empleado es el que no ha querido seguir trabajando.

Tabla de indemnizaciones y paro según el tipo de despido

A modo de resumen, hemos elaborado esta tabla para que sepas qué indemnización y que paro te corresponde según el tipo de despido

Despido Procedente
Tipo de despido Disciplinario Objetivo (individual o colectivo)
¿Indemnización? Sin indemnización 20 días por año (max 12 mensualidades)
¿Paro? Si (según cotización)
Despido Improcedente
¿Indemnización? 33 o 45 días por año según fecha de alta en la empresa
¿Paro? Si (según cotización)
Baja voluntaria
No tiene derecho a indemnización ni paro

¿Cómo cobrar el paro después de un despido procedente?

Para cobrar el paro después de un despido procedente tienes que darte de alta en el Servicio de Empleo que corresponda a tu comunidad autónoma. Este tipo de prestación la ofrece el Servicio Empleo Público Estatal (SEPE). Lo normal es que te pidan tus datos personales y te hagan un currículum porque, a partir de ese momento, vas a iniciar una búsqueda activa de empleo. Además tendrás que acreditar que has estado trabajando durante al menos 360 días durante los últimos 6 años anteriores a la fecha de tu despido.

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SEPE Servicio Público de Empleo Estatal de España

OJO: Hay que sellar el paro para no perder la prestación

Tienes la obligación de renovar tu demanda de empleo, lo que popularmente se denomina «sellar el paro» para mantener el derecho a seguir cobrando la prestación. Este trámite puede hacerse a través de internet o presencialmente. Es importante que no te olvides nunca de esta obligación porque, si no sellas el paro, se entenderá que has dejado de buscar trabajo y se interrumpirá la prestación.

El otro aspecto que hay que recordar es que la prestación por desempleo va bajando a medida que pasa el tiempo. Es bueno que te apuntes a los cursos de formación o reciclaje que te ofrezca la Administración y elabores un currículum completo para conseguir nuevas oportunidades de trabajo.

¿Puedo forzar un despido para cobrar el paro?

La picaresca existe también en el cobro de las prestaciones y forzar un despido para cobrar el paro puede interesar tanto a las empresas como a los trabajadores. Sin embargo, desaconsejamos esta maniobra porque la inspección de Trabajo está endureciendo los controles sobre los despidos pactados. No te compensa exponerte a unas sanciones que se han empezado a aplicar en los últimos años.

No olvidemos que este tipo de despidos se justifican por causas disciplinarias u objetivas. Por lo tanto, para que no haya problemas no se debería cometer fraude de ley; ha de poder justificarse debidamente la extinción del contrato.

Cómo ha afectado a la prestación por desempleo la reforma laboral

El derecho a cobrar el paro después de un despido procedente se ha mantenido intacto después de la Reforma Laboral de 2012. Las personas que hayan sido despedidas tienen derecho a 4 meses de prestación por cada año trabajado. Lo que sucede es que la base reguladora a partir del séptimo mes de cobro se reduce del 70 al 50% del salario base hasta que dejes de cobrar.

La duración máxima del cobro del paro es de un total de 720 días (2 años), siempre y cuando se hubiese cotizado durante los 2160 días anteriores. El resto de los periodos se calcularán de forma proporcional. Otro aspecto importante es que el paro, para personas liberadas de prisión o extranjeros, se calculará teniendo en cuenta la última cotización que tuvieron.

Por último, mientras estés dado de alta como demandante de empleo, la Administración podrá reclamar tu ayuda para trabajos excepcionales. No se han dado muchos casos, pero técnicamente sería posible.

Otros derechos del despido procedente

Las personas que han sido objeto de un despido procedente tienen derecho a prestación por desempleo además de otros derechos asociados, que son los siguientes:

En primer lugar, tienes que cobrar el finiquito. El empresario está obligado a entregártelo junto la carta de despido. La también denominada liquidación ha de incluir, como mínimo, la parte proporcional de las pagas extraordinarias y la compensación económica por las vacaciones no disfrutadas. Te recomendamos que leas nuestra guía para denunciar el impago del finiquito si, por algún motivo, la empresa no paga o estás en desacuerdo con los conceptos que allí se incluyen.

Es importante recordar que el despido procedente sí contempla a veces la posibilidad de cobrar indemnización, concretamente en el supuesto del despido por causas objetivas. Cuando esto sucede, tendrás derecho a cobrar una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. Si crees que los motivos alegados por la empresa para realizar un despido procedente no están debidamente probados, podemos ayudarte a reclamar un despido improcedente y conseguir una mayor indemnización.

En definitiva, cuando seas despedido es conveniente que revises todas estas cuestiones para que no tengas ningún tipo de problema. Cuando te despiden, aunque sea de forma procedente, conservas una serie de derechos.

El derecho a paro ante un despido procedente

Aunque la mayoría de los trabajadores tienen un conocimiento básico de la legislación laboral, hay detalles que se les escapan. Los distintos tipos de despido tienen aplicaciones legales divergentes y lo cierto es que, para evitar problemas, tener información certera es fundamental. El derecho a paro ante un despido procedente está generalizado pero, aun así, viene bien saber qué condiciones hay.

Como ves, la relación entre el despido procedente y el paro es compleja y, en muchas ocasiones, el trabajador no conoce cuáles son sus derechos y cómo defenderse. Ante esta tesitura, se hace necesario que cuentes con un asesoramiento profesional para que te aclaren las dudas que tengas. Te animamos a que nos contactes y conozcas mejor todos los servicios que te ofrecemos en el ámbito de las reclamaciones laborales.

Imágenes y recursos utilizados: Bernard Hermant on Unsplash, Sistema Nacional de Empleo en Wikipedia

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