¿Si tengo vacaciones no gozadas como calculo mi despido?
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Buenos días, durante dos años trabajé como repartidor de comida a domicilio. El diciembre pasado me despidieron poco antes de que comenzaran mis vacaciones. Según entiendo, la indemnización debería ser mayor, ¿cuál es el cálculo correspondiente para determinar ese importe extra? Agradezco vuestro ayuda.
Servicio: Reclamación de indemnizaciones por despido
Hola, Bruno. Gracias por elegirnos para tu consulta.
Las vacaciones no disfrutadas no afectan en modo alguno a la indemnización que pueda corresponderte por haber sido despedido, ya que esta se calcula según el salario que percibías según tu contrato y el tiempo que trabajaste para la empresa. Además, para saber cuál te corresponde resulta esencial conocer qué clase de despido te han aplicado: el objetivo acarrea una indemnización de 20 días por año, mientras que el disciplinario supone la pérdida de ella. Finalmente, y en el caso de que un juez considerase que el despido aplicado no se hizo conforme a derecho, te podría conrresponder una indemnización de 33 días por año trabajado.
Las vacaciones que no has disfrutado se deben incluir en el cálculo de tu finiquito. Salvo mejora en tu contrato, por ley te corresponden 2,5 días por cada mes de trabajo. Las vacaciones no disfrutadas se calculan desde el 1 de enero del año en el que se produce el cese. Por lo tanto, lo que debes hacer es calcular los días que te corresponden en el año presente. El número de días será el que marcará el finiquito de este concepto, cuyo resultado final será el de multiplicar esa cifra por el salario del día que te corresponda. Este saldrá de la división entre 30 de tu nómina.
Esperamos haberte resuelto tus dudas. Quedamos a tu disposición por si necesitas aclarar más dudas.
Que tengas un buen dia y saludos cordiales.
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