La empresa cierra, ¿obtengo indemnización?
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La empresa para la cual trabajé durante 24 años anunció su cierre para dentro de dos meses. ¿Podríais decirme si voy a tener indemnización o si voy a tener que presentarme ante el fogasa? Muchas gracias
Servicio: Reclamación de indemnizaciones por despido
Hola, Octavio. Vamos a tratar de responder a tu pregunta.
Cuando un trabajador es despedido por cierre de la empresa se considera un despido objetivo por causas económicas. Para que sea procedente, debe ser un juez quien lo declare tras previa denuncia de algún trabajador. En todo caso, has de saber que en estos casos te corresponde una indemnización de 20 días de salario por cada año trabajado con el límite de 24 mensualidades.
Si tu empresa ha sido declarada en quiebra, se activarán una serie de mecanismos para que con sus bienes paguen las deudas que tengan pendientes. Entre ellas por supuesto estarán las indemnizaciones de los trabajadores que hayan sido despidos. Según nos comentas, crees que el FOGASA deberá hacerse cargo del pago de estas cantidades debidas. Ello parece significar que crees que la empresa no tiene dinero para afrontar los indemnizaciones y que será declarada en quiebra. Si este es el caso y la empresa ni sus responsables disponen de fondos con los que saldar las deudas, será el FOGASA quien aparezca como responsable de pagarlas.
Esperamos haberte sido de utilidad. Nuestro consejo es que pongas tu caso en manos de un abogado laboralista experto en la materia, pues las situaciones de despidos por cierre de la empresa pueden resultar muy complicadas y nos falta información específica sobre tu caso para proporcionarte una información mayor. Estamos pues a tu disposición.
. Gracias de nuevo y que tengas un buen día
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