El finiquito: vacaciones y días laborables

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Buenas, necesito calcular mi finiquito y espero que vosotros podáis ayudarme. Trabajé en la empresa por casi dos años y tengo pendientes mis vacaciones. ¿cómo debo calcular mi finiquito de acuerdo a los días laborales y mis vacaciones no gozadas? aprecio vuestra ayuda.
Servicio: Reclamación de indemnizaciones por despido
Hola, Rafael. Te estamos agradecidos por habernos escogido para esta consulta.
Para calcular tu finiquito efectivamente debes incluir los días de vacaciones que no hayas disfrutado. Para ello la ley fija que, salvo mejora en el contrato firmado entre la empresa y el trabajador, corresponden 2,5 días por cada mes de trabajo. Las vacaciones no disfrutadas se calculan desde el 1 de enero del año en el que se produce el cese. Por lo tanto, lo que debes hacer es calcular los días que te corresponden en el año presente. El número de días será el que marcará el finiquito de este concepto, cuyo resultado final será el de multiplicar esa cifra por el salario del día que te corresponda. Este saldrá de la división entre 30 de tu nómina.
Te ampliamos algo de información por si te resultase de utilidad. Además de las vacaciones, en tu finiquito debes contabilizar las cantidades de dinero que tu empresa te adeuda y que no te han sido abonadas. Las comunes suelen ser los días de salario no pagado del mes en el que te despides, las partes proporcionales de los días de descanso o la suma de las horas extraordinarios que has realizado.
A pesar de que parece una gestión sencilla, en ocasiones puede resultar complicada, por lo que nuestra recomendación es que para calcular tu finiquito busques la ayuda de expertos. Ellos tendrán en cuenta todos los factores relevantes y sabrán encontrar la opción más ventajosa. Esperamos haberte resuelto tus dudas.
Saludos cordiales.
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