Horas extra en jornada nocturna
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Buenas tardes. Tengo una pregunta. Trabajo como vigilante y mi empleador me ha solicitado que trabaje horas extras durante mi jornada nocturna. Quería saber cómo están reguladas las horas extra y cómo deben ser cobradas. Gracias
Servicio: Reclamación de indemnizaciones por despido
Hola, Lautaro. Gracias por tu confianza. Vamos a tratar de ayudarte todo lo posible.
Las horas extra según la ley queda sujetas a una serie de limitaciones que tienen que tener en cuenta tanto los empleadores como los trabajadores. Uno de ellas se refiere precisamente a los trabajos nocturnos, de modo que en general se considera ilegal que un trabajador las acumule. Se establece que el trabajo nocturno es aquel en cuyo horario al menos 3 horas de la jornada diaria, o un total equivalente al tercio de la jornada laboral en un año, se lleva a cabo entre las 22:00 y las 06:00.
Según nos dices, tu trabajo es nocturno, por lo que en principio no podrías llevar a cabo estas horas. En todo caso, para darte una respuesta más precisa necesitaríamos conocer cuál es tu convenio laboral y cuáles son las condiciones de tu contrato, pues podrían contemplarse supuestos especiales. En todo caso, la ley impone un límite de 80 horas extras anuales para los trabajadores de jornada completa.
En tu caso por lo tanto sería recomendable acudir en busca del asesoramiento de expertos en derecho para que te planteen otras opciones. Nuestro equipo se pone a tu disposición.
Saludos cordiales.
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