Despido por pérdida de confianza

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Buenos días, espero que podáis explicarme algo. ¿Qué significa la "pérdida de confianza" en un despido? Os pregunto pues mi jefe me ha presentado mi carta de despido y en ella se detalla la pérdida de confianza como la causa. ¿Puedo oponerme a ello? Gracias
Servicio: Reclamación de indemnizaciones por despido
Hola, Lucrecia. Vamos a tratar de darte toda la información que necesitas.
Un despido “por pérdida de confianza” se encuadra en la categoría de los despidos disciplinarios, y se funda en la acusión al trabajador de que ha actuado de forma negligente causando por ello un perjuicio a la empresa. Es por lo tanto, una situación grave, pues supone que el trabajador pierde el derecho a percibir una indemnización. Pero no te preocupes, no estás desprotegida.
Cuando un trabajador se opone a las razones alegadas por el empresario para despedirlo la opción natural que se le abre es la de denunciarlo ante los Juzgados de lo Social. Ten en cuenta que el plazo que tienes para hacerlo es de 20 días hábiles, y si transcurre sin que hagas nada perderás tu derecho a reclamar. Se comienza a contar a partir del día siguiente al que se deja de acudir al trabajo. .
Un juez puede considerar que el despido ha sido correcto, nulo o improcedente. En el primer caso, significaría que la empresa ha podido justificar la “pérdida de confianza". Sin embargo, si fuese improcedente, el juez daría dos opciones a la empresa: indemnizarte o readmitirte y, finalmente, si fuese nulo, tendrías derecho a ser readmitido en el centro de trabajo.
Estos casos pueden resultar espinosos y resulta vital contar con la ayuda de un equipo de profesionales del derecho. Nos ponemos a tu disposición para el caso de que decidas depositar tu confianza en nosotros. Estaremos encantados de asisitirte.
Saludos cordiales.
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