Despido con contrato de obra y servicio
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Trabajé durante dos años en la construcción de un edificio el cual aún no ha sido finalizado y me han despedido sin terminarse mi contrato. ¿tengo derecho a una indemnización? ¿cómo se calcula en este caso?
Servicio: Reclamación de indemnizaciones por despido
Hola, José. Encantados de poder ayudarte.
Como trabajador temporal al finalizar tu contrato, tendrías derecho a una indemnización de 12 días por año trabajado, pero en tu caso, en el que se ha interrumpido antes, los baremos que se te deben aplican son los de cualquier otra relación laboral. En todo caso, eso va a depender de la decisión de un juez respecto a tu despido, ya que podrá considerarlo correcto, improcedente o nulo. Solo en los dos primeros supuestos tendrías derecho a indemnización. Si es procedente, tendrías derecho a 12 días, si es improcedente a 33 días y si es nulo tendrías que reincorporarte al trabajo. Siempre claro está si decidas presentar una demanda ante los Juzgados de lo Social.
A falta de contar con una información más detallada sobre tu caso, lo principal que debes saber es que sí tienes derecho a una indemnización. Respecto a su cálculo, para determinar la cantidad que te corresponde necesitaríamos saber cuál era tu salario anual que recibías para conocer el salario del día que se te pagaría según si fuesen 12 o 33 días de despido. Para ello resulta necesario también conocer el dato exacto del tiempo que trabajaste para constructora, pues a partir de tu antigüedad se hará un cálculo proporcional.
Debes saber también de que dispones de 20 días hábiles para presentar una demanda, por lo que a lo mejor debes darte prisa en hacerlo. Esperamos que te hayamos podido ayudar. Nuestro más sincero consejo en un conflicto de estas características es la de acudir a abogados laboralistas expertos, pues sin duda con su asesoramiento encontrarás la solución más ventajosa para tus intereses.
Quedamos a tu disposición por si necesitas más información.
Muchas gracias por la consulta.
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