Reclamamos por ti
Nos encargamos de reclamar por ti la devolución del impuesto sin gastos iniciales y solo cobramos si recuperamos tu dinero
Sin adelantar gastos
Adelantamos todos los gastos administrativos y judiciales (abogado, procurador, etc...).
Vamos a resultados contigo
Nuestros honorarios son el 19% del importe que logremos recuperar con un mínimo de 299€ + iva.
Si no ganas, no pagas
Si no conseguimos recuperar tu dinero, no te cobraremos nada de nada (tampoco el mínimo de 299€).
Nos encargamos de todo
Presentamos por ti las reclamaciones, recursos y demandas judiciales ante las diferentes instancias de la administración para que tu reclamación llegue a buen puerto.
Durante todo el proceso vamos a resultados contigo y realizamos los pasos necesarios para conseguir la devolución del máximo importe posible.
Sin estar pendiente de plazos
Nos encargamos de presentar todos las reclamaciones y recursos dentro de los plazos legales.
Hasta el final
Te acompañamos durante todo el proceso de reclamación para conseguir el máximo de indemnización.
Recupera los intereses
Reclamamos la devolución del importe pagado y todos los intereses que se hayan generado desde la liquidación del impuesto.
Estudiamos tu caso sin compromiso
Envíanos la documentación para que podamos realizar un estudio sobre la viabilidad de tu reclamación y una estimación del importe que podrías recuperar.
¿Cuanto cuesta?
Vamos a resultados contigo y solo cobramos cuando tu recibas tu indemnización
Honorarios a resultados
19% + iva Con un mínimo de 299€ + iva
(solo si recuperamos tu dinero)
Si no recuperamos tu dinero no pagas nada
Creemos en tu caso tanto como tu. Por eso, vamos a resultados contigo y cobramos el 19% del importe recuperado, solo si conseguimos ganar tu caso.
Además iniciar tu reclamación no te costará nada, ya que adelantamos todos los gastos administrativos y judiciales de tu reclamación.
El proceso de reclamación
Te acompañamos durante todo el proceso de reclamación para conseguir el máximo de indemnización.
Inicias la reclamación
Rellena el formulario con tus datos personales y envíanos la documentación para que podamos evaluar la viabilidad de tu caso.
Estudio de viabilidad
Estudiamos la documentación para evaluar la viabilidad de tu caso y estimar el importe máximo a recuperar. Junto con el estudio te enviamos una hoja de encargo y una autorización para que nos las devuelvas firmadas en caso de que quieras iniciar la reclamación.
(1 a 6 días)
Iniciamos la reclamación vía administrativa
Presentamos una reclamación administrativa ante el ayuntamiento u organismo competente. Esta reclamación es necesaria para posteriormente acudir a la vía judicial.
Resolución administrativa
El ayuntamiento puede contestar o no a la reclamación administrativa. En muchos casos los ayuntamientos no contestan, por lo que agotado el plazo legal, podemos acudir a la vía judicial.
Iniciamos la reclamación vía judicial
Presentamos una demanda ante el tribunal competente.
Resolución judicial
El tribunal competente dicta una sentencia determinando la devolución o no del importe total o parcial del impuesto.
Descubre si tienes derecho a la devolución de la plusvalía
Estudiamos tu caso gratuitamente y sin compromiso
Consultar mi caso¿Sabías que...?
“ Los ayuntamientos siguen cobrando el impuesto y, en muchos casos, se ignoran o rechazan todas las reclamaciones por defecto.”
Los tribunales están empezando a dar la razón a los afectados
Las últimas sentencias de los tribunales españoles, inclusive el Tribunal Constitucional, están dando la razón a los ciudadanos que han reclamado la devolución de la plusvalía municipal.
Plusvalía con perdidas
En los casos en los que no se ha producido un beneficio en la venta del inmueble, los tribunales están sentenciando la devolución del 100% de la plusvalía más los intereses generados desde su pago.
Plusvalía con ganancias
En aquellos casos donde si se ha producido un beneficio en la venta del inmueble, los tribunales están comenzando a sentenciar la devolución parcial o total del impuesto más los intereses que se hayan generado desde su liquidación.
El impuesto se sigue cobrando en la mayoría de ayuntamientos
En la mayoría de los casos, los ayuntamientos siguen cobrando el impuesto de plusvalía. Además, en muchos casos, se ignoran o rechazan por defecto todas las reclamaciones administrativas interpuestas por los ciudadanos.
Los afectados se ven obligados a denunciar
Esta situación, obliga a los propietarios a seguir pagando el impuesto, para seguidamente interponer una reclamación administrativa, y acudir a la vía judicial, adelantando los costes judiciales (abogado, procurador, etc…) que, por otro lado no recuperará si la sentencia no le da la razón.
Preguntas frecuentes
Resuelve tus dudas sobre tus derechos y nuestros servicios
¿Qué es la plusvalía municipal?
La plusvalía municipal es el impuesto que debes pagar a tu ayuntamiento al vender o heredar tu vivienda.
El importe a pagar depende de la normativa de cada ayuntamiento y se calcula teniendo en cuenta el valor catastral del solar, así como el tiempo durante el cual has mantenido la propiedad del inmueble.
¿Cuándo tendré que pagar el impuesto?
Habitualmente tienes de plazo 1 mes desde la firma de la escritura de venta para liquidar el impuesto. Transcurrido este plazo, el ayuntamiento iniciará un proceso de requerimiento de pago y sancionador, exigiéndote además intereses de demora.
¿Cuánto puede tardar todo el proceso de reclamación?
Los procesos de reclamación pueden demorarse bastante tiempo. Cada ayuntamiento está actuando de forma distinta y la administración de justicia tiene diferentes tiempos de resolución según la zona. Por eso, aunque no podemos asegurarte un plazo determinado, te mantendremos informado en todo momento del estado de tu reclamación.
¿Qué pasa si cambio de opinión a mitad de reclamación?
Te pedimos que confíes en nosotros hasta el final.
Al iniciar el proceso, firmarás una hoja de encargo y una autorización para que podamos presentar la reclamación en tu nombre, comprometiéndote a colaborar con nosotros durante todo el proceso. Ten en cuenta que para nosotros supone un coste tramitar la reclamación ya que adelantamos todos los gastos del proceso.
Si, de todos modos, a mitad del proceso quieres abandonar la reclamación, deberás abonar nuestros honorarios (19% con un mínimo de 299€ + IVA sobre el importe reclamado).
¿Quién puede reclamar la plusvalía?
Puede reclamarla todos y cada uno de los vendedores. La reclamación puede hacerla cada propietario individualmente en base a la liquidación recibida. Aconsejamos unificar la reclamación de todos los propietarios en una sola demanda y hacerlo conjuntamente. De esa forma, también, los costes de reclamación disminuyen considerablemente.
¿Qué documentación tengo que en enviar?
En los casos de venta con beneficio solamente la liquidación de la plusvalía.
En los casos de venta a pérdidas la liquidación de la plusvalía, escritura de adquisición de la propiedad (compraventa, herencia, donación, etc.) y escritura de venta que origina la plusvalía.
Opiniones
Lee las opiniones de algunos de nuestros clientes
El trato ha sido cercano y claro. La pagina es fácil de usar y el contacto por email y telefonico resolutivo y amable.
Marta Fuentes
BarcelonaLa atención ha sido de maravilla siempre estaban cuando los necesitaba. En menos de dos meses lo he solucionado. Muy buenos.
Roberto Calvo
AlcorcónA pesar de no poder reclamar por estar vencido el plazo la atencion ha sido impecable. La próxima vez no esperaré tanto para reclamar.
Ainara Loyzaga
BilbaoGracias por el tiempo dedicado en estudiar mi caso. Saludos, Ivan.