¿Qué debo poner en la papeleta de conciliación?
por
Ricardo
Juan Tremosa
Graduado Social
- Servicio
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Trabajé como mozo en un restaurante durante dos años y hace dos semanas mi jefe anunció que el próximo mes cerraría el restaurante y en consecuencia, mis compañeros y yo, nos quedaríamos sin trabajo. Quiero estar preparado para cuando el día llegue ¿qué debo incluir en la papeleta de conciliación?
Servicio: Reclamación de indemnizaciones por despido
Hola, Ricardo. En primer lugar, te felicitamos por tu previsión a la hora de buscar información, así deberíamos actuar todos los trabajadores.
Respecto a tu pregunta sobre la papeleta de conciliación, antes de llegar a esa fase debes esperar a que tu jefe os entregue la carta de despido, pues será a partir de su contenido que se generará la necesidad de tratar de llegar a un acuerdo amistoso con él, pues este es el objetivo de este trámite.
Mientras, puede que te resulte útil conocer qué dice la ley respecto a los casos como el tuyo. Cuando una empresa cierra, los trabajadores que prestaban su servicio en ellas conservan su derecho a ser indemnizados y aquella se ve obligada a cumplir una serie de requisitos antes de despedir a sus trabajadores. En primer lugar, deben notificarles por escrito y en esta carta deben exponer claramente cuáles son las causas del cierre. Al mismo tiempo, deben entregar la indemnización debida. Es decir, que si no cumplen con estas obligaciones, podrías plantearte la presentación de una demanda ante los Juzgados de lo Social, ya que la empresa podría haber incurrido en faltas de forma que podría derivar en que tu despido se declarase improcedente, de modo que tu indemnización sería mayor.
Poniéndonos en el caso de que tu empresa haya justificado correctamente los motivos del cierre, la indemnización que te corresponde es de 20 días de salario por cada uno de los dos años que trabajaste para el restaurante. Otro escenario distinto sería el de que la empresa no quiera o declare que no puede hacerse cargo del pago de las indemnizaciones, en este caso nuestro consejo es el de que activases la vía judicial, ya que de esta manera la empresa debería demostrar fehacientemente su imposibilidad. Pero incluso en el caso de que esto ocurriese, tu derecho a una indemnización seguiría protegido, ya que podrías recurrir al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA).
Los casos de despido por cierre de la empresa puede resultar extraordinariamente complejos, por lo que la opción más razonable y favorable para amparar tu derecho a recibir una indemnización es la de buscar el auxilio de abogados laboralistas expertos. Quedamos pues a tu entera disposición para el caso de que consideres que podemos ayudarte.
Gracias y saludos cordiales.
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